Camino de la jubilación · Capítulo 7
Después de jubilarse: preguntas frecuentes
Las dudas que pueden aparecer una vez reconocida la pensión.
La concesión de la pensión no siempre pone fin a todas las dudas.
Después de jubilarse pueden surgir preguntas sobre la resolución, el importe que se cobra, las retenciones del IRPF, la posibilidad de trabajar, los cambios de domicilio o cuenta bancaria y otras situaciones personales.
Este capítulo reúne algunas de las consultas más frecuentes para ayudarle a comprender mejor su nueva situación como pensionista.
Después de jubilarse, recuerde estas cinco cosas
Este capítulo se irá ampliando con nuevas preguntas y ejemplos prácticos conforme evolucione la guía.
1. La resolución de jubilación
¿Qué información aparece en la resolución?
La resolución indica, entre otros aspectos:
- La fecha de efectos de la pensión.
- La modalidad de jubilación reconocida.
- La base reguladora utilizada.
- El porcentaje aplicado.
- La cuantía inicial de la pensión.
- Las retenciones que, en su caso, correspondan.
¿Por qué la cantidad reconocida puede ser menor que la simulada?
El simulador ofrece una estimación basada en los datos disponibles en el momento de la consulta. La resolución definitiva tiene en cuenta la situación real existente en la fecha de jubilación y la normativa aplicable al expediente.
También puede existir diferencia entre la cuantía bruta reconocida y el importe neto que finalmente se ingresa en la cuenta bancaria.
¿Debo conservar la resolución?
Sí. Es recomendable conservarla siempre, ya que puede ser necesaria para otros trámites y permite comprobar posteriormente cómo fue calculada la pensión.
2. El cobro de la pensión
¿Cuántas pagas tiene la pensión?
Con carácter general, las pensiones se abonan en catorce pagas: doce mensualidades y dos pagas extraordinarias.
En determinadas pensiones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, las pagas extraordinarias pueden estar prorrateadas en las doce mensualidades.
¿Qué día se cobra?
La Seguridad Social abona las pensiones por mensualidades vencidas. No obstante, muchas entidades bancarias adelantan el ingreso unos días.
¿La pensión se actualiza cada año?
Las pensiones se revalorizan de acuerdo con la normativa aprobada para cada ejercicio. La nueva cuantía suele aplicarse desde el mes de enero.
3. La pensión y el IRPF
¿La pensión de jubilación tributa?
Sí. Con carácter general, la pensión de jubilación tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo.
En la resolución ya aparece la retención de IRPF que se aplicará inicialmente a la pensión. No obstante, esa retención puede no coincidir con el resultado final de la declaración de la renta, ya que este dependerá del conjunto de sus ingresos y de sus circunstancias personales.
¿Puedo solicitar una retención mayor?
Sí. Si además de la pensión percibe otros ingresos, puede solicitar voluntariamente una retención de IRPF superior para reducir las diferencias que puedan producirse al presentar la declaración de la renta.
¿Cómo puedo calcular aproximadamente el importe neto?
Puede utilizar el simulador de retenciones de la Agencia Tributaria introduciendo sus datos personales y el importe bruto anual de la pensión.
Acceder al simulador de retenciones de la Agencia Tributaria
4. ¿Existe un carné de pensionista?
La Seguridad Social no expide un carné de pensionista.
Cuando necesite acreditar su condición de pensionista, puede obtener un certificado desde Mi Seguridad Social, en el apartado Gestión de mi prestación.
Este certificado puede descargarse sin que figure el importe de la pensión, por lo que resulta útil para realizar numerosos trámites administrativos en los que únicamente sea necesario acreditar la condición de pensionista.
📢 Actualización prevista
El 28 de agosto de 2026 entra en vigor una nueva regulación de la jubilación flexible, con importantes novedades para quienes deseen compatibilizar la pensión de jubilación con una actividad laboral.
Entre otras mejoras, se amplían las posibilidades de compatibilidad y se introducen nuevos incentivos económicos para favorecer el retorno voluntario al trabajo una vez reconocida la pensión.
Este apartado se actualizará con la explicación completa de la nueva normativa cuando entre en vigor.
5. Trabajar después de jubilarse
¿Puedo volver a trabajar después de jubilarme?
Existen distintas modalidades que permiten compatibilizar, total o parcialmente, la pensión con una actividad laboral.
Entre ellas se encuentran:
- La jubilación activa.
- La jubilación flexible.
- Determinados trabajos por cuenta propia con ingresos limitados.
- Otras compatibilidades previstas legalmente.
Antes de comenzar cualquier actividad es importante consultar su compatibilidad, ya que trabajar sin comunicarlo cuando existe obligación puede afectar al cobro de la pensión.
💡 Error frecuente
Pensar que cualquier trabajo puede realizarse sin comunicarlo.
Antes de iniciar una actividad laboral conviene comprobar su compatibilidad con la pensión.
6. Cambios que conviene comunicar
Durante la jubilación pueden producirse cambios personales o económicos que deban ser comunicados a la Seguridad Social.
Entre los más habituales se encuentran:
- Cambio de domicilio.
- Cambio de cuenta bancaria.
- Traslado de residencia al extranjero.
- Inicio de una actividad laboral.
- Cambios que puedan afectar a un complemento por mínimos.
- Fallecimiento o cambio en la situación del cónyuge.
Comunicar estos cambios a tiempo ayuda a evitar pagos indebidos, retrasos o incidencias posteriores.
7. Complementos de la pensión
¿Qué es el complemento por mínimos?
Es un complemento que puede reconocerse cuando la pensión no alcanza la cuantía mínima establecida y se cumplen los requisitos de ingresos y residencia.
Su mantenimiento puede depender de los ingresos obtenidos cada año, por lo que algunos cambios económicos deben comunicarse.
¿Qué es el complemento para reducir la brecha de género?
Es un complemento vinculado al reconocimiento de determinadas pensiones contributivas y a la existencia de hijos, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Si considera que pudiera corresponderle y no aparece reconocido, es recomendable solicitar información sobre su caso concreto.
8. ¿Qué hago si no estoy de acuerdo con la resolución?
Si considera que existe un error en la fecha, la cuantía, las cotizaciones utilizadas o cualquier otro elemento del cálculo, conviene revisar la resolución y solicitar información.
Las resoluciones indican los recursos o reclamaciones que pueden presentarse y el plazo disponible para hacerlo.
No deje transcurrir el plazo sin actuar si considera que existe un error.
Información personalizada en un CAISS
Si necesita aclarar su resolución, comunicar un cambio o consultar una posible compatibilidad, puede solicitar cita en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
La atención se realiza, con carácter general, mediante cita previa. Si desconoce cómo obtener la cita por internet, puede acercarse previamente a su CAISS para informarse del procedimiento y de los horarios establecidos para solicitarla.
Consejo práctico
Guarde en una carpeta la resolución, las comunicaciones posteriores, los justificantes de cambios realizados y cualquier documento relacionado con la pensión.
Tener esta documentación organizada facilitará cualquier consulta o trámite futuro.
Casos prácticos
Este capítulo se irá ampliando con nuevas preguntas y ejemplos reales completamente anonimizados.
✓ Su lista de comprobación
☐ Conservar la resolución de jubilación.
☐ Comprobar la cuantía bruta y la retención aplicada.
☐ Guardar los documentos relacionados con la pensión.
☐ Comunicar cualquier cambio personal, económico o bancario relevante.
☐ Consultar antes de iniciar una actividad laboral.
☐ Revisar los plazos si no está de acuerdo con la resolución.
El final del camino... y el comienzo de una nueva etapa
Con este capítulo termina el recorrido principal de Camino de la jubilación: conocer la vida laboral, saber cuándo puede jubilarse, utilizar el simulador, valorar posibles mejoras, elegir la fecha y presentar la solicitud.
A partir de ahora, la guía podrá ampliarse con fichas específicas sobre jubilación activa, jubilación flexible, convenios especiales, pensiones internacionales y otras situaciones que requieran una explicación más detallada.
Caminos de Barbastro
Esta guía tiene carácter exclusivamente divulgativo. La información puede cambiar con el tiempo y no sustituye la atención personalizada, la información oficial de la Seguridad Social ni las resoluciones de los organismos competentes. Cada situación debe valorarse de forma individual.